Luego de 30 horas de sesión, la Cámara de Diputados aprobó la Ley Bases y el Paquete Fiscal

La votación de ley Bases recibió 142 votos a favor, 106 en contra y 5 abstenciones. En el debate en particular se aprobaron las facultades delegas para Javier Milei, las privatizaciones de una decena de empresas del Estado y la reforma laboral, entre otros.

Además, el paquete fiscal, que incluye un blanqueo, la restitución de la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias y las modificaciones a Bienes Personales, se aprobó en general por 140 votos a favor, 103 en contra y 6 abstenciones.

El oficialismo logró avanzar en la Cámara baja, contrariamente a lo que había pasado en sesiones extraordinarias, con el apoyo de sectores dialoguistas de la oposición como el PRO, parte del radicalismo, Hacemos Coalición Federal y el Interbloque de Innovación Federal. En tanto, fue rechazado por Unión por la Patria, el interbloque del Frente de Izquierda y sectores minoritarios del radicalismo y Hacemos Coalición Federal, como el socialismo y Natalia de la Sota.

Cuáles son los principales puntos de la reforma fiscal de Milei:
Impuesto a las Ganancias: pasaría a llamarse Ingresos Personales y con él se busca restituir la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias, que tendría un mínimo no imponible en $1,8 millones para los solteros y en $2,2 millones para los casados con hijos, con una primera escala del 5%.

“Se establece que no resultarán aplicables las disposiciones contenidas en ningún tipo de leyes -generales, especiales o estatutarias, excepto las contenidas en la ley del gravamen y en la antes mencionada Ley 26.176-, decretos, convenios colectivos de trabajo”, consta en el texto oficial.

Sí se mantendrá el beneficio para los trabajadores petroleros de pozo basado en el artículo 1 de la ley 26.176, que establece que no integren la base imponible a los efectos de la determinación del Impuesto a las Ganancias, porque no se trata de una exención, sino de una deducción especial.

Así quedarían las escalas de acuerdo a la ganancia neta imponible mensual acumulada:

De $1,2 millones a $2,4 millones: pagan $60.000 más el 9% sobre el excedente de $1,2.
De $2,4 a $3,6 millones: pagan $168.000 más el 12% sobre el excedente de $2,4 millones.
De $3,6 millones a $5,4 millones: pagan $312.000 más el 15% sobre el excedente de $3,6 millones.
De $5,4 millones a $10,8 millones: pagan $582.000 más el 19% sobre el excedente de $5,4.
De $10,8 millones a $16,2 millones: pagan $1.608.000 millones más el 23% sobre el excedente de $10,8 millones.
De $16,2 millones a $24,3 millones: pagan $2,85 millones más el 27% del excedente de $16,2 millones.
De $24,3 millones a $36,45 millones: pagan $5,037 millones más el 31% sobre el excedente de $24,3 millones.
De $36,450 millones en adelante: pagan $8.803.500 más el 35% sobre el excedente de $36,450 millones.
Blanqueo de capitales: el plazo de vigencia para el blanqueo o Régimen de Regularización de Activos se extenderá hasta el 30 de abril de 2025, pero el Gobierno podrá prorrogar dicho plazo hasta el 31 de julio de 2025, inclusive.

Entre los bienes alcanzados que podrán ser objeto de este régimen de regularización figuran:

Bienes en Argentina: en moneda nacional o extranjera, inmuebles ubicados en Argentina, acciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios o fideicomisarios de fideicomisos, títulos valores, incluyendo, sin limitación, a acciones, bonos, obligaciones negociables, certificados de depósito en custodia, cuotapartes de fondos y otros similares, que coticen en bolsas o mercados regulados por la Comisión Nacional de Valores. También las criptomonedas, criptoactivos y otros bienes similares.

Bienes en el exterior: moneda extranjera, sea en efectivo o depositada en cuentas bancarias o de cualquier otro tipo en entidades financieras del exterior, inmuebles ubicados fuera de Argentina, acciones, participación en sociedades, derechos de beneficiarios o fideicomisarios.

Entre los bienes excluidos se mencionan las tenencias de moneda o títulos valores en el exterior que estuvieran depositadas en entidades financieras o agentes de custodia radicados o ubicados en jurisdicciones o países identificados por el Grupo de Acción Financiera (GAFI) como de Alto Riesgo (“Lista Negra”) o Bajo Monitoreo Intensificado (“Lista Gris”).

Impuesto a los Bienes Personales: se creará el Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales con el objetivo de reducir la tasa máxima de 2,25% hasta el 0,45%.

No estarán alcanzados por el impuesto los bienes gravados cuando su valor en conjunto determinado de acuerdo con las normas de la ley resulten iguales o inferiores a $100.000.000. De tratarse de inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente, o del causante en el caso de sucesiones indivisas, no estarán alcanzados por el impuesto cuando su valor determinado de acuerdo con las normas de esta ley, resulten iguales o inferiores a $350.000.000.

El pago inicial no podrá ser de menos del 75% del total del impuesto y los contribuyentes que opten por adherirse al régimen “gozarán de estabilidad fiscal hasta el año 2038 respecto del Impuesto sobre los Bienes Personales y de todo otro tributo nacional”.

La reforma fiscal incluye también la creación del Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social, el impulso del Régimen de Regularización de Activos y las modificaciones al Impuesto sobre los Bienes Personales e Impuestos Internos.

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